Accesibilidad
El Comité es un órgano ciudadanizado y de consulta, dotado con autonomía técnica, de gestión y de plena independencia para ejercer sus atribuciones, encargado de auxiliar a las Dependencias y Entidades y ser un enlace entre éstas y la ciudadanía, a través de la Coordinación, con la finalidad fomentar la cultura de transparencia y el ejercicio del derecho de acceso a la información en el municipio, salvaguardando los principios de legalidad, certeza jurídica, imparcialidad, veracidad, transparencia y máxima publicidad.
El Comité Ciudadano para la Transparencia, funciona a través de los 4 Comisionados Ciudadanos, que serán elegidos por el Cabildo; el Secretario Ejecutivo que es el Titular de la Coordinación General de Transparencia, y un Asesor Jurídico que designa la Sindicatura Municipal.
El Comité Ciudadano tiene un Presidente, que es elegido por voto directo de los demás Comisionados y dura en el cargo un año y medio.
Los Comisionados Ciudadanos tienen derecho a voz y voto, mientras que el Asesor Jurídico y el Secretario Ejecutivo, tienen derecho a voz pero no a voto.
Las sesiones que celebre el Comité Ciudadano serán públicas, y en los casos en que la información o tema a tratar requiera un trato especial para la protección de datos personales, las sesiones serán privadas, atendiendo a las atribuciones que le confiere el presente Reglamento, y se llevarán a cabo en las instalaciones de la Coordinación o en sede alterna propuesta por la mayoría de sus integrantes.
Lo anterior, sin perjuicio de que asistan invitados especiales, servidores públicos, especialistas en temas determinados, y quienes podrán participar con voz pero sin voto.
De las sesiones del Comité Ciudadano, se levantará un acta en la que se asiente una síntesis de las intervenciones de cada asistente y se transcribirán los acuerdos que hayan sido aprobados.
Las actas serán aprobadas por el Comité y deberán ponerse a disposición de la ciudadanía a través de los archivos físicos o de su publicación en los medios electrónicos disponibles.
Colaborar con la Coordinación, para emitir recomendaciones a los Sujetos Obligados y cumplir con las obligaciones contenidas en la Ley, apegándose al principio de rendición de cuentas con visión ciudadana;
Actualizado conforme al Reglamento Interior de la Coordinación General de Transparencia y Municipio Abierto del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, publicado en el Periódico Oficial del Estado el día 31/12/2021