Accesibilidad
2025 - Armonización Contable. Artículos 45, 46, 47, 48 y 49 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental | ||
Art. 45. Los entes públicos deberán expresar de manera destacada en sus estados financieros los esquemas de pasivos, incluyendo los que sean considerados deuda pública en términos de la normativa aplicable. (Remitirse al Artículo 46 y 49) | ||
Art. 46. En lo relativo a la Federación, los sistemas contables de las dependencias del poder Ejecutivo; los poderes Legislativo y Judicial; las entidades y los órganos autónomos permitirán, en la medida que corresponda, la generación periódica de los estados y la información financiera que a continuación se señala: | ||
Febrero | ||
Marzo | ||
Información presupuestaria y deuda al 1er. trimestre de 2025 | ||
Art. 47. En lo relativo a las entidades federativas, los sistemas contables de las dependencias del poder Ejecutivo; los poderes Legislativo y Judicial; las entidades y los órganos autónomos deberán producir, en la medida que corresponda, la información referida en el artículo anterior, con excepción de la fracción I, inciso g) de dicho artículo. | No aplica, es aplicable en lo relativo a las entidades federativas, los sistemas contables de las dependencias del poder Ejecutivo; los poderes Legislativo y Judicial, las entidades y los órganos autónomos. | |
Art. 48. En lo relativo a los ayuntamientos de los municipios y los órganos políticoadministrativos de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, los sistemas deberán producir, como mínimo, la información contable y presupuestaria a que se refiere el artículo 46, fracción I, incisos a), b), c), e) y f); y fracción II, incisos a) y b). | Consultar información del Art. 46 | |
Art. 49. Las notas a los estados financieros son parte integral de los mismos; éstas deberán revelar y proporcionar información adicional y suficiente que amplíe y dé significado a los datos contenidos en los reportes | ||
Febrero | ||
Marzo | ||
Notas: De acuerdo a la armonización contable, cierta Información Financiera tiene un seguimiento trimestral. |
Avance de gestión financiera 2025- 1er. Trimestre ,
Relación de Obras y Acciones - Formato R-1 2025- 1er. Trimestre ,
DENUNCIAS EN TRÁMITE POR INCUMPLIMIENTO A LAS OBLIGACIONES DE TRANSPARENCIA |
Respecto del Tercer Trimestre del 2024 este sujeto obligado no cuenta con denuncias en trámite por incumplimiento a las obligaciones de transparencia |
Funcionario responsable de generar la información: Laura Elizabeth García González | Titular de la Unidad de Transparencia |
Avance Físico y Financiero Global
Anexo: Evaluación del desempeño del FORTAMUN 2023
Anexo: Evaluación del desempeño del FISM-DF 2023
Videos: presentación sobre los resultados de la evaluación tipo especifica de Desempeño FORTAMUN 2023 y FISM 2023
Avance Físico y Financiero Global
Anexo: Evaluación integral y resumen del FORTAMUN 2016
Anexo: Evaluación integral y resumen del FISM-DF 2016
Anexos: Informe Definitivo del ejercicio fiscal 2017
Anexo - Distribución y aplicación del Recurso Federal "Subsidio FORTASEG" 2018
Avance Físico y Financiero Global
Anexo: Evaluación del desempeño del FORTASEG 2019
Video: Evaluación Externa al Fortalecimiento del Desempeño en Materia de Seguridad Pública FORTASEG 2019
Anexo - Distribución y aplicación del Recurso Federal "Subsidio FORTASEG" 2020
Avance Físico y Financiero Global
Anexo: Evaluación del desempeño del FORTAMUN 2019
Anexo: Evaluación del desempeño del FISM 2019
Videos: presentación sobre los resultados de la evaluación tipo especifica de Desempeño FORTAMUN 2019 y FISM 2019
Anexo - Distribución y aplicación del Recurso Federal "Subsidio FORTASEG" 2020
Avance Físico y Financiero Global
Anexo: Evaluación del desempeño del FORTAMUN 2020
Anexo: Evaluación del desempeño del FISM-DF 2020
Videos: presentación sobre los resultados de la evaluación tipo especifica de Desempeño FORTAMUN 2020 y FISM 2020
Avance Físico y Financiero Global
Anexo: Evaluación del desempeño del FORTAMUN 2021
Anexo: Evaluación del desempeño del FISM-DF 2021
Videos: presentación sobre los resultados de la evaluación tipo especifica de Desempeño FORTAMUN 2021 y FISM 2021
Avance Físico y Financiero Global
Anexo: Evaluación del desempeño del FORTAMUN 2022
Anexo: Evaluación del desempeño del FISM-DF 2022
Videos: presentación sobre los resultados de la evaluación tipo especifica de Desempeño FORTAMUN 2022 y FISM 2022
Se publica la información conforme a lo entregado a la Auditoría Superior del Estado de Puebla.
Importante: para consultar cada ejercicio, deben ser descargados todos los archivos del ejercicio respectivo (ver instrucciones)
Cuenta Pública 2020: parte 1 , parte 2 , parte 3 , parte 4 , parte 5 , parte 6 , parte 7 , parte 8 , parte 9
Cuenta Pública 2019: parte 1 , parte 2 , parte 3 , parte 4 , parte 5 , parte 6 , parte 7 , parte 8 , parte 9 , parte 10
Cuenta Pública 2018: parte 1 , parte 2 , parte 3 , parte 4 , parte 5 , parte 6 , parte 7 , parte 8 , parte 9
Cuenta Pública 2017: parte 1 , parte 2 , parte 3 , parte 4 , parte 5 , parte 6 , parte 7 , parte 8
Se publica la información conforme a lo entregado a la Auditoría Superior del Estado de Puebla.
Importante: para consultar cada ejercicio, deben ser descargados todos los archivos del ejercicio respectivo (ver instrucciones)
Cuenta Pública 2024: parte 1 , parte 2 , parte 3 , parte 4 , parte 5 , parte 6 , parte 7 , parte 8 , parte 9 , parte 10 (nota: el primer archivo es un ejecutable requerido para descomprimir los archivos en la carpeta que seleccione el usuario)
Cuenta Pública 2023: parte 1 , parte 2 , parte 3 , parte 4 , parte 5 , parte 6 , parte 7 , parte 8 , parte 9 , parte 10
Cuenta Pública 2022: parte 1 , parte 2 , parte 3 , parte 4 , parte 5 , parte 6 , parte 7 , parte 8 , parte 9 , parte 10
Cuenta Pública 2021: parte 1 , parte 2 , parte 3 , parte 4 , parte 5 , parte 6 , parte 7 , parte 8 , parte 9 , parte 10
2020 - Armonización Contable. Artículos 45, 46, 47, 48 y 49 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental | ||
Art. 45. Los entes públicos deberán expresar de manera destacada en sus estados financieros los esquemas de pasivos, incluyendo los que sean considerados deuda pública en términos de la normativa aplicable. (Remitirse al Artículo 46 y 49) | ||
Art. 46. En lo relativo a la Federación, los sistemas contables de las dependencias del poder Ejecutivo; los poderes Legislativo y Judicial; las entidades y los órganos autónomos permitirán, en la medida que corresponda, la generación periódica de los estados y la información financiera que a continuación se señala: | ||
Julio | ||
Febrero | Agosto | |
Marzo | Septiembre | |
Abril | Octubre | |
Mayo | Noviembre | |
Junio | Diciembre | |
Información presupuestaria y deuda al 1er. trimestre de 2020 | ||
Información presupuestaria y deuda al 2do. trimestre de 2020 | ||
Información presupuestaria y deuda al 3er. trimestre de 2020 | ||
Información presupuestaria y deuda al 4to. trimestre de 2020 | ||
Art. 47. En lo relativo a las entidades federativas, los sistemas contables de las dependencias del poder Ejecutivo; los poderes Legislativo y Judicial; las entidades y los órganos autónomos deberán producir, en la medida que corresponda, la información referida en el artículo anterior, con excepción de la fracción I, inciso g) de dicho artículo. | No aplica, es aplicable en lo relativo a las entidades federativas, los sistemas contables de las dependencias del poder Ejecutivo; los poderes Legislativo y Judicial, las entidades y los órganos autónomos. | |
Art. 48. En lo relativo a los ayuntamientos de los municipios y los órganos políticoadministrativos de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, los sistemas deberán producir, como mínimo, la información contable y presupuestaria a que se refiere el artículo 46, fracción I, incisos a), b), c), e) y f); y fracción II, incisos a) y b). | Consultar información del Art. 46 | |
Art. 49. Las notas a los estados financieros son parte integral de los mismos; éstas deberán revelar y proporcionar información adicional y suficiente que amplíe y dé significado a los datos contenidos en los reportes | Julio | |
Febrero | Agosto | |
Marzo | Septiembre | |
Abril | Octubre | |
Mayo | Noviembre | |
Junio | Diciembre | |
Notas: De acuerdo a la armonización contable, cierta Información Financiera tiene un seguimiento trimestral. |
Avance de gestión financiera 2020- 1er. Trimestre , 2do. Trimestre , 3er. Trimestre , 4to. Trimestre
2019 - Armonización Contable. Artículos 45, 46, 47, 48 y 49 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental | ||
Art. 45. Los entes públicos deberán expresar de manera destacada en sus estados financieros los esquemas de pasivos, incluyendo los que sean considerados deuda pública en términos de la normativa aplicable. (Remitirse al Artículo 46 y 49) | ||
Art. 46. En lo relativo a la Federación, los sistemas contables de las dependencias del poder Ejecutivo; los poderes Legislativo y Judicial; las entidades y los órganos autónomos permitirán, en la medida que corresponda, la generación periódica de los estados y la información financiera que a continuación se señala: | ||
Julio | ||
Febrero | Agosto | |
Marzo | Septiembre | |
Abril | Octubre | |
Mayo | Noviembre | |
Junio | Diciembre | |
Información presupuestaria y deuda al 1er. trimestre de 2019 | ||
Información presupuestaria y deuda al 2do. trimestre de 2019 | ||
Información presupuestaria y deuda al 3er. trimestre de 2019 | ||
Información presupuestaria y deuda al 4to. trimestre de 2019 | ||
Art. 47. En lo relativo a las entidades federativas, los sistemas contables de las dependencias del poder Ejecutivo; los poderes Legislativo y Judicial; las entidades y los órganos autónomos deberán producir, en la medida que corresponda, la información referida en el artículo anterior, con excepción de la fracción I, inciso g) de dicho artículo. | No aplica, es aplicable en lo relativo a las entidades federativas, los sistemas contables de las dependencias del poder Ejecutivo; los poderes Legislativo y Judicial, las entidades y los órganos autónomos. | |
Art. 48. En lo relativo a los ayuntamientos de los municipios y los órganos políticoadministrativos de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, los sistemas deberán producir, como mínimo, la información contable y presupuestaria a que se refiere el artículo 46, fracción I, incisos a), b), c), e) y f); y fracción II, incisos a) y b). | Consultar información del Art. 46 | |
Art. 49. Las notas a los estados financieros son parte integral de los mismos; éstas deberán revelar y proporcionar información adicional y suficiente que amplíe y dé significado a los datos contenidos en los reportes | Julio | |
Agosto | ||
Marzo | Septiembre | |
Abril | Octubre | |
Mayo | Noviembre | |
Junio | Diciembre | |
Notas: De acuerdo a la armonización contable, cierta Información Financiera tiene un seguimiento trimestral. |
Avance de gestión financiera 2019- 1er. Trimestre , 2do. Trimestre , 3er. Trimestre , 4to. Trimestre
2018 - Armonización Contable. Artículos 45, 46, 47, 48 y 49 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental | ||
Art. 45. Los entes públicos deberán expresar de manera destacada en sus estados financieros los esquemas de pasivos, incluyendo los que sean considerados deuda pública en términos de la normativa aplicable. (Remitirse al Artículo 46 y 49) | ||
Art. 46. En lo relativo a la Federación, los sistemas contables de las dependencias del poder Ejecutivo; los poderes Legislativo y Judicial; las entidades y los órganos autónomos permitirán, en la medida que corresponda, la generación periódica de los estados y la información financiera que a continuación se señala: | ||
Julio | ||
Febrero | Agosto | |
Marzo | Septiembre | |
Abril | Octubre | |
Mayo | Noviembre | |
Junio | Diciembre | |
Información presupuestaria y deuda al 1er. trimestre de 2018 | ||
Información presupuestaria y deuda al 2do. trimestre de 2018 | ||
Información presupuestaria y deuda al 3er. trimestre de 2018 | ||
Información presupuestaria y deuda al 4to. trimestre de 2018 | ||
Art. 47. En lo relativo a las entidades federativas, los sistemas contables de las dependencias del poder Ejecutivo; los poderes Legislativo y Judicial; las entidades y los órganos autónomos deberán producir, en la medida que corresponda, la información referida en el artículo anterior, con excepción de la fracción I, inciso g) de dicho artículo. | No aplica, es aplicable en lo relativo a las entidades federativas, los sistemas contables de las dependencias del poder Ejecutivo; los poderes Legislativo y Judicial, las entidades y los órganos autónomos. | |
Art. 48. En lo relativo a los ayuntamientos de los municipios y los órganos políticoadministrativos de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, los sistemas deberán producir, como mínimo, la información contable y presupuestaria a que se refiere el artículo 46, fracción I, incisos a), b), c), e) y f); y fracción II, incisos a) y b). | Consultar información del Art. 46 | |
Art. 49. Las notas a los estados financieros son parte integral de los mismos; éstas deberán revelar y proporcionar información adicional y suficiente que amplíe y dé significado a los datos contenidos en los reportes | Julio | |
Febrero | Agosto | |
Marzo | Septiembre | |
Abril | Octubre | |
Mayo | Noviembre | |
Junio | Diciembre | |
Notas: De acuerdo a la armonización contable, cierta Información Financiera tiene un seguimiento trimestral. |
Avance de gestión financiera 2018- 1er. Trimestre , 2do. Trimestre , 3er. Trimestre , 4to. Trimestre
2017 - Armonización Contable. Artículos 45, 46, 47, 48 y 49 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental | ||
Art. 45. Los entes públicos deberán expresar de manera destacada en sus estados financieros los esquemas de pasivos, incluyendo los que sean considerados deuda pública en términos de la normativa aplicable. (Remitirse al Artículo 46 y 49) | ||
Art. 46. En lo relativo a la Federación, los sistemas contables de las dependencias del poder Ejecutivo; los poderes Legislativo y Judicial; las entidades y los órganos autónomos permitirán, en la medida que corresponda, la generación periódica de los estados y la información financiera que a continuación se señala: | ||
Agosto (1.4 MB) | ||
Septiembre (3.3 MB) | ||
Octubre (3.4 MB) | ||
Noviembre (3.4 MB) | ||
Diciembre (3.4 MB) | ||
Información presupuestaria al 1er. trimestre de 2017 (14.87 MB) |
||
Información presupuestaria al 2do. trimestre de 2017 (14.3 MB) |
||
Información presupuestaria al 3er. trimestre de 2017 (6.7 MB) | ||
Información presupuestaria al 4to. trimestre de 2017 (6.6 MB) | ||
Art. 47. En lo relativo a las entidades federativas, los sistemas contables de las dependencias del poder Ejecutivo; los poderes Legislativo y Judicial; las entidades y los órganos autónomos deberán producir, en la medida que corresponda, la información referida en el artículo anterior, con excepción de la fracción I, inciso g) de dicho artículo. | No aplica, es aplicable en lo relativo a las entidades federativas, los sistemas contables de las dependencias del poder Ejecutivo; los poderes Legislativo y Judicial, las entidades y los órganos autónomos. | |
Art. 48. En lo relativo a los ayuntamientos de los municipios y los órganos políticoadministrativos de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, los sistemas deberán producir, como mínimo, la información contable y presupuestaria a que se refiere el artículo 46, fracción I, incisos a), b), c), e) y f); y fracción II, incisos a) y b). | Consultar información del Art. 46 | |
Art. 49. Las notas a los estados financieros son parte integral de los mismos; éstas deberán revelar y proporcionar información adicional y suficiente que amplíe y dé significado a los datos contenidos en los reportes | ||
Agosto (20.1 MB) | ||
Septiembre (24.8 MB) | ||
Octubre (24.8 MB) | ||
Noviembre (24.8 MB) | ||
Diciembre (24 MB) | ||
Notas: De acuerdo a la armonización contable, cierta Información Financiera tiene un seguimiento trimestral. |
Avance de gestión financiera 2017- 1er. Trimestre , 2do. Trimestre , 3er. Trimestre , 4to. Trimestre
2024 - Armonización Contable. Artículos 45, 46, 47, 48 y 49 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental | ||
Art. 45. Los entes públicos deberán expresar de manera destacada en sus estados financieros los esquemas de pasivos, incluyendo los que sean considerados deuda pública en términos de la normativa aplicable. (Remitirse al Artículo 46 y 49) | ||
Art. 46. En lo relativo a la Federación, los sistemas contables de las dependencias del poder Ejecutivo; los poderes Legislativo y Judicial; las entidades y los órganos autónomos permitirán, en la medida que corresponda, la generación periódica de los estados y la información financiera que a continuación se señala: | ||
Julio | ||
Febrero | Agosto | |
Marzo | Septiembre | |
Abril | Octubre | |
Mayo | Noviembre | |
Junio | Diciembre | |
Información presupuestaria y deuda al 1er. trimestre de 2024 | ||
Información presupuestaria y deuda al 2do. trimestre de 2024 | ||
Información presupuestaria y deuda al 3er. trimestre de 2024 | ||
Información presupuestaria y deuda al 4to. trimestre de 2024 | ||
Art. 47. En lo relativo a las entidades federativas, los sistemas contables de las dependencias del poder Ejecutivo; los poderes Legislativo y Judicial; las entidades y los órganos autónomos deberán producir, en la medida que corresponda, la información referida en el artículo anterior, con excepción de la fracción I, inciso g) de dicho artículo. | No aplica, es aplicable en lo relativo a las entidades federativas, los sistemas contables de las dependencias del poder Ejecutivo; los poderes Legislativo y Judicial, las entidades y los órganos autónomos. | |
Art. 48. En lo relativo a los ayuntamientos de los municipios y los órganos políticoadministrativos de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, los sistemas deberán producir, como mínimo, la información contable y presupuestaria a que se refiere el artículo 46, fracción I, incisos a), b), c), e) y f); y fracción II, incisos a) y b). | Consultar información del Art. 46 | |
Art. 49. Las notas a los estados financieros son parte integral de los mismos; éstas deberán revelar y proporcionar información adicional y suficiente que amplíe y dé significado a los datos contenidos en los reportes | Julio | |
Febrero | Agosto | |
Marzo | Septiembre | |
Abril | Octubre | |
Mayo | Noviembre | |
Junio | Diciembre | |
Notas: De acuerdo a la armonización contable, cierta Información Financiera tiene un seguimiento trimestral. |
Avance de gestión financiera 2024- 1er. Trimestre , 2do. Trimestre , 3er. Trimestre , 4to. Trimestre
Relación de Obras y Acciones - Formato R-1 2024- 1er. Trimestre , 2do. Trimestre , 3er. Trimestre , 4to. Trimestre